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Proyecto de resolución de Juntos

Proponen solicitar al H. Senado y a la H. Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires la aprobación de los Proyectos de Ley en consideración por los cuales se proponen modificaciones al Impuesto Inmobiliario Rural para los titulares y demás responsables de las partidas de las Plantas Rural y Sub-rural de los Partidos bonaerenses.
Política12/10/2022Maria EmiliaMaria Emilia
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 Pehuajó 12 de Octubre de 2022                                                       

VISTO:

            Los Proyectos de Ley presentados en el H. Senado (Expte. N° E-403/22-23) por la señora senadora  Érica Silvana Revilla y otros; y en la H. Cámara de Diputados  (Expte. N° D-3961/22-23) por el señor diputado Emiliano Balbín y otros, por los cuales se proponen modificaciones al Impuesto Inmobiliario Rural para los titulares y demás responsables de las partidas de las Plantas Rural y Sub-rural de los Partidos bonaerenses, según la clasificación establecida en la Ley N° 10707 y sus modificatorias, “de Catastro Territorial”, y

CONSIDERANDO:
                              
                              Que ambas iniciativas legislativas establecen beneficios fiscales para los titulares de dominios y demás responsables de los inmuebles de las plantas rural y sub-rural de los Partidos bonaerenses, que generen inversiones en instalaciones destinadas al quehacer productivo, en inmuebles y/o bienes indivisos las que quedarán exceptuadas del cálculo del inmobiliario rural y en instalaciones destinadas a las producciones intensivas de carne y/o leche de ovinos, caprinos, cerdos, aves y bovinos (feedlots).
                            Que el propósito de ambas propuestas es favorecer el desarrollo en el interior de la provincia de Buenos Aires. 
                             Que, concretamente, se propone beneficiar a partir de las inversiones que realicen los alcanzados, con un crédito fiscal equivalente al cinco por cien (5%) del valor de las mismas, declaradas en cada periodo fiscal.
                              Que el valor de la tierra rural se basa en la rentabilidad de ésta y por lo tanto su productividad es el factor más importante. 
                              Que se propone la aplicación de medidas de incentivo fiscal y pro-inversión que, en el actual escenario económico del país, resulta necesario generar  para estimular y aliviar a los productores. 
                          Que los proyectos legislativos a los que se alude  también contemplan la posibilidad de obtener la devolución de las sumas contenidas en un crédito fiscal generado por dicho impuesto, cuando se realicen inversiones en las instalaciones con el fin de mejorar la productividad y rentabilidad de estas, buscando acompañar e impulsar el desarrollo del sector productivo rural, propiciando el arraigo de los pobladores de la zona que se ven alcanzados.
                         Que los expedientes en consideración de ambas Cámaras de la H. Legislatura suponen un apoyo directo para las diferentes cadenas productivas del sector agropecuario en general del que la Provincia de Buenos Aires representa el cincuenta y tres por ciento (53%) de la producción total del país.
         Por todo lo expuesto el Bloque de concejales Juntos de Pehuajó presenta para su tratamiento y aprobación el siguiente proyecto de

                                                    RESOLUCIÓN:


Artículo 1: Solicitase al H. Senado y a la H. Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires la aprobación de los Proyectos de Ley en consideración (Exptes. N° E-403/22-23 y D-3961/22-23, respectivamente) por los cuales se proponen modificaciones al Impuesto Inmobiliario Rural para los titulares y demás responsables de las partidas de las Plantas Rural y Sub-rural de los Partidos bonaerenses, según la clasificación establecida en la Ley N° 10707 y sus modificatorias, “de Catastro Territorial”, con el propósito de favorecer el desarrollo en el interior provincial 

Artículo  2: Remítase la presente a las Presidencias del H. Senado y de la H. Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires

Artículo 3: Solicitase al Departamento Ejecutivo su adhesión a esta Resolución

Artículo 4: De forma

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