
SUTEBA recordó que ante emergencias climáticas los directores pueden suspender actividades con alumnos
Pedro Miguel Massola
Ante las reiteradas consultas acerca de las altas temperaturas por las que está atravesando nuestra región, y teniendo en cuenta el alerta roja que emitió el Servicio Meteorológico Nacional por calor extremo, les recordamos que:
En el Reglamento General de Instituciones Educativas aclara en el
Artículo 195°- 2.4:
"Se suspenderán las actividades en los siguientes casos:
4 - Cuando lo exijan factores climáticos, sanitarios, edilicios u otros que impliquen riesgos para el alumnado, personal docente y no docente o configuren una emergencia a nivel local, distrital o regional.
El Director/a tiene facultades para la suspensión dando cuenta inmediata de la decisión a sus superiores. La suspensión podrá ser parcial respecto al turno y matrícula"
En este sentido, cabe aclarar que se deberá tener en cuenta las condiciones específicas de cada institución y de su comunidad al momento de tomar la decisión. Las mismas deben ser argumentadas correctamente ante el superior jerárquico.
Cualquier consulta, estamos a disposición.
*SUTEBA PEHUAJÓ*


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