Rumores

Proyectos del bloque "Juntos" Pehuajó

Se trata de un proyecto de ordenanza en relación a contratar mano de obra local para la obra pública y un proyecto de comunicación relacionada a la creación de rampas de acceso en Mones Cazón.

Política 24/02/2023 Pedro Miguel Massola Pedro Miguel Massola
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                                                                                                 Pehuajó, 24 de febrero de 2023.

PROYECTO DE ORDENANZA
Visto:
             La necesidad de generar empleo y proteger el trabajo de los vecinos del Partido de Pehuajó, y
Considerando:
                         Que se viene observando en la realización de la obra pública en nuestro Distrito, la contratación de mano de obra radicada en otras ciudades, en su mayoría incluso proveniente de otras provincias.
                 Que resulta conveniente generar marcos normativos que contribuyan a que trabajadores pehuajenses puedan tener prioridad de contratación en todas las obras públicas que se realicen en nuestro Partido.
                 Que la propia Ley Orgánica de las Municipalidades, en su artículo 156 bis (introducido a través de la Ley modificatoria 14139) indica: “En todos los procedimientos de contratación -Licitación Pública, Licitación Privada, Concurso de precios o Contratación Directa- se podrá aplicar el principio de prioridad de contratación a favor de personas físicas o jurídicas con domicilio y/o establecimiento comercial en el Partido en que se realice la contratación, siempre que se configuren similares condiciones en cuanto a precio y calidad con respecto a ofertas realizadas por personas físicas y/o jurídicas con domicilio comercial y/o establecimientos comerciales en otros Partidos o jurisdicciones territoriales.
La prioridad establecida no podrá superar en un cinco (5) por ciento en precios o valores a las ofertas presentadas por sujetos no beneficiarios del principio referenciado.”
               Que además de los beneficios que en sí mismo traigan para el distrito las obras públicas que se realicen, es importante garantizar que sea mano de obra pehuajense la que pueda realizarla, permitiendo generar trabajo y al mismo tiempo inyectar dinero a través de esos sueldos en la economía local.
               Que normativas similares al presente Proyecto de Ordenanza se aplican en distintos distritos con muy buenos resultados.


        
                     
Por todo lo expuesto, el bloque de juntos, propone para su tratamiento y aprobación, el siguiente proyecto de:
ORDENANZA

Artículo 1: Se establece a través de la presente ordenanza las pautas para la defensa y promoción del empleo local, las que se garantizarán a través de los mecanismos para la contratación de personal eventual con residencia en el Partido de Pehuajó, en toda obra pública y/o prestación de servicio que contrate el Estado Municipal en cualquiera de sus formas.-
Artículo 2: Las empresas que resulten adjudicatarias para la construcción de obras o para la prestación de servicios públicos en el distrito de Pehuajó, deberán emplear al menos un 80% del personal eventual con una radicación mínima de seis meses de antigüedad en el distrito.-
Artículo 3: En los casos de que la adjudicación para la construcción de obra pública o prestación de servicio se dé bajo la modalidad de contratación directa y/o concurso de precios el D.E.M. deberá estipular los requisitos en concordancia a lo establecido en el Artículo 2º de la presente. Si la adjudicación para la construcción de obra pública o prestación de servicio fuere por Licitación Pública o Licitación Privada el Departamento Ejecutivo deberá incluir lo estipulado en el Artículo 2º en el pliego de bases y condiciones de contratación.-
Artículo 4: Sólo quedarán exceptuados del cumplimiento de la presente Ordenanza, las empresas adjudicatarias, que por medio fehaciente demuestre ante el D.E.M. que la cantidad de puestos a cubrir supera la oferta de mano de obra disponible en el Distrito de Pehuajó, o que no exista mano de obra calificada para determinada tarea, en las condiciones establecidas en el artículo 2º de la presente.
Artículo 4: El Departamento Ejecutivo Municipal reglamentará la presente para su puesta en vigencia y cabal cumplimiento en todo el ámbito del partido de Pehuajó.
Artículo 5: De forma.-

...

Pehuajo,24 de Febrero de 2023

 

                                        PROYECTO DE COMUNICACIÓN

 

VISTO: 

              La necesidad de colocar rampas de accesibilidad que fomenten la integración social de todos los vecinos de la localidad de Mones Cazón y;

CONSIDERANDO:

                                  Que es el Estado quien debe velar y asegurar mejorar la inclusión social y la igualdad en el acceso a servicios y oportunidades propiciando equidad e inclusión en las oportunidades de desarrollo que ofrece la ciudad  

                               Que debe ser una prioridad garantizar condiciones de urbanización igualitaria para el conjunto de la comunidad a través de obras públicas que procuren siempre una mejor calidad de vida para los vecinos. 

                                  Que alumnos del secundario de la localidad y vecinos de la misma se han acercado manifestando la inexistencia de rampas de accesibilidad en las veredas del pueblo.

                           Que en la actualidad se está reparando la plaza y se están construyendo rampas, pero no es suficiente, puesto que para lograr condiciones de igualdad, tener una localidad sin barreras  deben  existir en otras partes del pueblo.

                                   Que sería muy beneficioso para los habitantes Mones Cazón , así como aquellos que lo frecuentan , contar con rampas de acceso que faciliten la movilidad de aquellos que la necesiten.

                                                                     .

                                                POR TODO LO EXPUESTO, EL BLOQUE DE CONCEJALES DE JUNTOS DE PEHUAJO, PROPONEN PARA SU TRATAMIENTO Y APROBACION EL SIGUIENTE PROYECTO DE

                                                 COMUNICACIÓN:

Art. 1) : Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través de la Secretaria de Obras Publicas, se evalúe la posibilidad de construir rampas de acceso en las veredas donde están situadas las instituciones educativas, sedes sociales y religiosas en la localidad de Mones Cazon.

Art.2) : De forma.

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