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La factura de luz aumentó en Pehuajó: un mismo medidor permite ver qué cambió y cuánto impactó

El análisis de cuatro facturas del mismo domicilio muestra que el incremento no puede explicarse solamente por un mayor consumo. Entre marzo y junio, el precio unitario de la energía consignado en el cuadro tarifario pasó de $258,63 a $298,50 por kWh. En mayo y junio, además, el consumo diario prácticamente fue el mismo, pero el gasto diario aumentó un 9,3%.
08/08/2026Pedro Miguel MassolaPedro Miguel Massola

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Las facturas de energía eléctrica comenzaron nuevamente a generar preocupación entre los usuarios de Pehuajó. Para analizar qué está ocurriendo, Rumores de Pehuajó comparó cuatro facturas correspondientes al mismo domicilio, al mismo medidor y a cuatro períodos consecutivos: marzo, abril, mayo y junio de 2026.

El análisis permite comprobar que hubo modificaciones en los valores aplicados al servicio, aunque también muestra que no es correcto atribuir todo el incremento de una factura a un único factor ni responsabilizar exclusivamente a la Cooperativa Eléctrica local.

Un mismo domicilio, cuatro facturas

Los documentos analizados corresponden al suministro de un mismo domicilio y muestran la siguiente evolución:

PeríodoDías facturadosConsumoTotal comprobante
Marzo 202626 días424 kWh$198.800
Abril 202638 días577 kWh$266.200
Mayo 202625 días352 kWh$176.900
Junio 202632 días447 kWh$247.600

Las diferencias entre las facturas no pueden analizarse solamente mirando el importe final, porque los períodos tienen distinta cantidad de días y el consumo también varía.

Por eso, uno de los indicadores más útiles es el consumo diario.

En marzo fueron aproximadamente 16,31 kWh diarios.
En abril, 15,18 kWh diarios.
En mayo, 14,08 kWh diarios.
En junio, 13,97 kWh diarios.

Es decir, entre mayo y junio el consumo diario prácticamente no cambió.

Sin embargo, el importe total pasó de $176.900 a $247.600, un incremento del 40%.

Como junio tuvo siete días más de facturación que mayo, la comparación más apropiada es el gasto diario: pasó de aproximadamente $7.076 por día a $7.738, un incremento cercano al 9,3%.

Ese dato resulta significativo: en este caso concreto, el usuario gastó alrededor de un 9,3% más por día pese a que su consumo diario fue prácticamente idéntico.

También aumentó el valor unitario de la energía

Las propias facturas permiten observar otro cambio.

En el cuadro tarifario impreso en cada comprobante, el valor consignado para la energía pasó de:

  • Marzo: $258,6342 por kWh
  • Abril: $261,4393
  • Mayo: $263,6412
  • Junio: $298,4997

Entre marzo y junio, la variación de ese valor unitario es de aproximadamente 15,4%.

El salto más importante se produjo entre mayo y junio: alrededor de 13,2% respecto del valor consignado en mayo.

La factura de junio, además, discrimina dentro del período diferentes valores aplicados a los días facturados, lo que demuestra que la modificación de los precios no necesariamente se produce de manera uniforme durante todo un período de facturación.

La factura no es solamente el precio del kWh

Aquí aparece una cuestión fundamental para comprender por qué una factura puede aumentar más que el precio de la energía.

El importe final incluye diferentes componentes.

En las facturas analizadas aparecen, entre otros:

  • cargo fijo;
  • consumo de energía;
  • componentes vinculados al sistema eléctrico;
  • leyes provinciales;
  • alumbrado público;
  • ordenanzas municipales;
  • IVA;
  • otros conceptos y eventuales ajustes.

Por ejemplo, en la factura correspondiente a junio, de $247.600, se discriminan distintos conceptos antes de llegar al importe final.

Esto significa que el aumento del precio de la energía no equivale automáticamente al porcentaje de aumento de la factura final.

También existen componentes que no dependen directamente del precio mayorista de la electricidad.

OCEBA, el organismo regulador bonaerense, incluso registra específicamente en junio de 2026 una resolución referida a “Conceptos ajenos Coop. Elect. de Pehuajó Ltda.”, lo que confirma que existen conceptos incorporados a las facturas que deben diferenciarse de los costos propios de distribución de la cooperativa.

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¿De dónde viene el aumento?

La normativa nacional permite comprender una parte importante de la explicación.

La Secretaría de Energía aprobó mediante la Resolución 109/2026 la programación estacional de invierno del Mercado Eléctrico Mayorista para el período comprendido entre el 1° de mayo y el 31 de octubre de 2026.

La resolución estableció para mayo, junio y julio los precios de referencia de potencia, energía y servicios adicionales que deben ser utilizados para la aplicación de los cuadros tarifarios de los distribuidores y prestadores del servicio público de distribución. También estableció valores correspondientes al transporte eléctrico.

Posteriormente, mediante la Resolución 151/2026, la Secretaría de Energía actualizó los precios correspondientes a julio. La norma señala expresamente que los precios estacionales deben representar los costos de abastecimiento del Mercado Eléctrico Mayorista y que esos costos deben reflejarse finalmente en la tarifa que pagan los usuarios.

La misma resolución menciona entre los factores considerados para la actualización de julio el comportamiento de los combustibles, las condiciones hidrológicas, la disponibilidad de gas nacional e importado para generación eléctrica y otros elementos del mercado energético.

Por lo tanto, la Cooperativa Eléctrica de Pehuajó no fija unilateralmente todos los componentes que determinan el importe final de la factura. Como distribuidora, debe aplicar los cuadros tarifarios y los componentes regulados que correspondan.

Subsidios: otro componente que puede modificar la factura

El esquema nacional también sufrió modificaciones.

La Resolución 109/2026 estableció bonificaciones adicionales para los usuarios residenciales alcanzados por el Régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF), y posteriormente esas bonificaciones fueron modificadas para junio y julio. Para julio, la bonificación adicional extraordinaria fue establecida en 16,59% para los usuarios beneficiarios del régimen.

Por eso, dos usuarios con consumos diferentes, categorías distintas o distintos niveles de subsidio pueden recibir facturas con variaciones muy diferentes.

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El contexto económico

El aumento de las facturas llega, además, en un contexto en el que los ingresos también vienen modificándose.

Según el INDEC, en mayo de 2026 el Índice de Salarios aumentó 2,2% mensual y 35,9% interanual, acumulando un 15,2% desde diciembre de 2025. La variación mensual fue de 2% para los trabajadores privados registrados, 1,5% para el sector público y 3,5% para los trabajadores privados no registrados.

El IPC nacional, por su parte, registró una variación del 1,9% en junio de 2026.

Estos datos no permiten afirmar que todos los trabajadores hayan perdido poder adquisitivo ni que el aumento de la electricidad sea responsable del endeudamiento de las familias. Sí permiten ubicar el incremento de los servicios dentro de un escenario en el que los hogares deben afrontar simultáneamente distintos gastos.

El Banco Central informó, en su Informe de Estabilidad Financiera de enero de 2026, que la carga de los servicios de la deuda bancaria de las familias representaba el 23,4% de la masa salarial registrada al cierre del tercer trimestre de 2025. Alrededor del 80% de esa carga correspondía a préstamos personales y tarjetas de crédito.

El dato es relevante como contexto, aunque no permite afirmar que las familias se endeuden específicamente para pagar la electricidad.

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¿Y cuánto corresponde realmente a la Cooperativa?

Esa es precisamente la información local que todavía falta.

Rumores de Pehuajó realizó una consulta a la Cooperativa Eléctrica para conocer con precisión la composición de las facturas, el porcentaje correspondiente a energía comprada, distribución, impuestos y otros conceptos, además de la evolución tarifaria aplicada a los usuarios.

El presidente de la entidad, Jorge Coluccio, fue invitado a participar de una entrevista para explicar la situación y aportar información local.

Al momento del cierre de esta publicación, no se recibió respuesta.

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Por esa razón, no corresponde afirmar que la Cooperativa haya aplicado por decisión propia un determinado porcentaje de aumento. Las facturas analizadas sí permiten comprobar que los valores tarifarios consignados cambiaron, pero determinar cuánto de la variación final corresponde a cada componente requiere información técnica de la distribuidora y de los organismos regulatorios.

Un dato concreto de Pehuajó

El análisis de estas cuatro facturas permite establecer, al menos para este suministro, una conclusión concreta:

Entre marzo y junio, el valor unitario de la energía consignado en el cuadro tarifario aumentó aproximadamente 15,4%.

Y existe otro dato todavía más ilustrativo:

Entre mayo y junio, el consumo diario prácticamente no cambió —14,08 contra 13,97 kWh—, mientras que el gasto diario asociado a la factura aumentó aproximadamente 9,3%.

Eso demuestra que el incremento de las facturas no puede explicarse exclusivamente por un mayor consumo.

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Pero tampoco sería correcto extrapolar automáticamente estos porcentajes a todos los usuarios de Pehuajó. Cada factura depende de la categoría tarifaria, consumo, subsidios, período facturado y diferentes componentes e impuestos.

La discusión, entonces, no es simplemente cuánto aumentó “la luz”.

Es qué parte de ese aumento corresponde al costo de generar y transportar la energía, qué parte al sistema de distribución, qué parte a impuestos y cargos, qué modificaciones hubo en los subsidios y cuánto termina pagando finalmente cada usuario.

Ese es el desglose que permitirá conocer con mayor precisión cuánto del incremento observado en Pehuajó responde a decisiones nacionales y provinciales, cuánto a la estructura regulatoria y cuánto corresponde específicamente a la prestación local del servicio.


Fuentes

Nota metodológica: los cálculos sobre las cuatro facturas fueron realizados a partir de los comprobantes proporcionados para este análisis. Se trata de un mismo domicilio y medidor, por lo que sirven como caso documental concreto, pero no deben presentarse como una muestra estadística representativa de todos los usuarios de Pehuajó.

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