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title: "SUTEBA recordó que ante emergencias climáticas los directores pueden suspender actividades con alumnos"
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description: "La suspensión puede ser total o parcial,  deberá tener en cuenta las condiciones específicas de cada institución y de su comunidad al momento de tomar la decisión y deben ser argumentadas correctamente ante el superior jerárquico."
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tags:
  - "calor"
  - "emergencia"
  - "Pehuajó"
  - "rumores"
  - "suspension de clases"
  - "suteba"
author_name: "Pedro Miguel Massola"
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category_name: "Salud"
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# SUTEBA recordó que ante emergencias climáticas los directores pueden suspender actividades con alumnos

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Ante las reiteradas consultas acerca de las altas temperaturas por las que está atravesando nuestra región, y teniendo en cuenta el alerta roja que emitió el Servicio Meteorológico Nacional por calor extremo, les recordamos que:  
 En el Reglamento General de Instituciones Educativas aclara en el  
Artículo 195°- 2.4:  
"Se suspenderán las actividades en los siguientes casos:  
4 - Cuando lo exijan factores climáticos, sanitarios, edilicios u otros que impliquen riesgos para el alumnado, personal docente y no docente o configuren una emergencia a nivel local, distrital o regional.  
El Director/a tiene facultades para la suspensión dando cuenta inmediata de la decisión a sus superiores. La suspensión podrá ser parcial respecto al turno y matrícula"  
En este sentido, cabe aclarar que se deberá tener en cuenta las condiciones específicas de cada institución y de su comunidad al momento de tomar la decisión. Las mismas deben ser argumentadas correctamente ante el superior jerárquico.  
Cualquier consulta, estamos a disposición.  
*SUTEBA PEHUAJÓ*

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