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title: "Comunicado del Juzgado Federal, Sección  Penal:"
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description: "La justicia federal sobreseyó a productores rurales acusados del delito de trata laboral de personas. El Juzgado Federal de Pehuajó dictó el sobreseimiento a tres productores rurales, que eran acusados por el delito de trata de personas agravado por la reducción a la servidumbre de un grupo familiar, proveniente de la provincia de Entre Ríos que había ido a trabajar a una estancia ubicada en el partido de Daireaux."
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tags:
  - "daireaux"
  - "juzgado federal"
  - "noticias"
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  - "sobreseidos"
  - "trabajo esclavo"
author_name: "Pedro Miguel Massola"
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# Comunicado del Juzgado Federal, Sección  Penal:

![349148645_6220547848037686_2811518410142014878_n](/download/multimedia.miniatura.892c4dc2b69251d7.MzQ5MTQ4NjQ1XzYyMjA1NDc4NDgwMzc2ODZfMjgxMTVfbWluaWF0dXJhLndlYnA=.webp)

La investigación estuvo a cargo de la Fiscalía Federal de Pehuajó que había solicitado que se reciba declaración indagatoria a los acusados.  
En la resolución judicial se da cuenta que no había elementos probatorios para demostrar la hipótesis criminal sostenida por la Fiscalía.

Si bien se constataron irregularidades de índole laboral, estas no tenían entidad suficiente para constituir el delito de trata de personas; que es uno de los delitos más graves del ordenamiento jurídico penal, debido a que afecta la dignidad de las personas que la sufren, rebajándolos a simples objetos por parte de los explotadores.

El delito tiene prevista una pena de 4 a 8 años de prisión, pudiendo llegar a ser de 10 a 15 años bajo determinadas circunstancias.

El Juzgado Federal señaló que las irregularidades detectadas en la causa en la relación de trabajo entre los productores rurales y los empleados “eventualmente podrían merecer algún reproche en el ámbito laboral y/o moral, pero en ningún caso pertenecen a la esfera del derecho penal, pues sólo se debe aplicar en forma subsidiaria con respecto a otros mecanismos de soluciones de conflictos que el ordenamiento jurídico brinda, los cuales habría que recorrer previo paso para la penalización de las conductas, de todo lo cual se deriva el principio de ultima ratio”.

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