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La Justicia rechazó la cautelar del Colegio de Técnicos y respaldó al Colegio de Higiene y Seguridad

Un fallo de la Justicia bonaerense desestimó el pedido para frenar intervenciones profesionales vinculadas a controles de seguridad eléctrica y prevención de incendios. La disputa por las incumbencias continúa, pero el CPHS podrá seguir desarrollando sus actividades mientras se resuelve el fondo de la cuestión.
29/05/2026Pedro Miguel MassolaPedro Miguel Massola

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La Justicia de la provincia de Buenos Aires rechazó la medida cautelar presentada por el Colegio de Técnicos de la Provincia de Buenos Aires contra el Colegio de Profesionales de Higiene y Seguridad en el Trabajo (CPHS), en una resolución que permite a los matriculados de esta última entidad continuar desempeñando tareas vinculadas a la prevención y control de riesgos laborales.

La decisión fue adoptada por el Juzgado Contencioso Administrativo N° 4 de La Plata, que desestimó el pedido de suspensión inmediata de distintas intervenciones profesionales relacionadas con controles y certificaciones de seguridad eléctrica, sistemas de protección contra incendios y mediciones de puesta a tierra.

Al analizar la solicitud, el magistrado concluyó que no se encontraba acreditada la denominada “verosimilitud del derecho”, requisito indispensable para otorgar una medida cautelar de semejante alcance. Además, consideró que el conflicto requiere un análisis más profundo desde el punto de vista técnico, jurídico y probatorio.

Desde el Colegio de Profesionales de Higiene y Seguridad, presidido por Lorenzo Gómez, señalaron que la resolución garantiza la continuidad de actividades vinculadas a la prevención de accidentes y la protección de trabajadores e instalaciones, dentro del marco de competencias que consideran reconocidas por la normativa vigente.

Durante el proceso judicial, la entidad sostuvo que los licenciados en Higiene y Seguridad poseen formación específica para evaluar riesgos eléctricos, sistemas de protección y condiciones de seguridad en ámbitos laborales, diferenciando estas funciones de la ejecución de instalaciones eléctricas, tarea que corresponde a otras especialidades profesionales.

El fallo también tomó en consideración los argumentos vinculados a la Ley Provincial 15.105 y a la legislación nacional en materia de Higiene y Seguridad en el Trabajo, especialmente la Ley 19.587 y el Decreto 351/79, normas que establecen obligaciones concretas relacionadas con la prevención y control de riesgos eléctricos y de incendio.

Asimismo, el juez destacó que la controversia involucra diversas actividades profesionales y marcos regulatorios, razón por la cual entendió que no corresponde resolver el conflicto mediante una medida precautoria sin una evaluación exhaustiva de las incumbencias en discusión.

La resolución aclara que aún no existe una definición definitiva sobre el fondo del conflicto. En consecuencia, la Justicia no determinó qué alcances corresponden a cada profesión, sino que únicamente concluyó que no estaban dadas las condiciones para restringir de manera inmediata las actuaciones del Colegio de Higiene y Seguridad.

Mientras avanza el proceso judicial, el CPHS podrá continuar con sus procedimientos institucionales, visaciones y certificaciones habituales, en un escenario que representa un revés para la estrategia impulsada por el Colegio de Técnicos y que mantiene abierto un debate cada vez más relevante sobre la especialización profesional y la evolución de las competencias técnicas en el ámbito de la seguridad laboral.

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