Proyectos del Bloque Local "Juntos por la Libertad" que serán presentados el 25 de abril en Sesiones Ordinarias.

Durante la sesión en el HCD , se discutirán varios proyectos que tienen como objetivo mejorar la calidad de vida de nuestros ciudadanos y promover el progreso de nuestra ciudad de Pehuajó. Algunos de los temas que se abordarán incluyen pedidos de informes del estado del centro de monitoreo de las cámaras municipales (SEGURIDAD), Proyecto de Ordenanza modificando la Ordenanza del Complejo Cultural Cine Zurro (ACCESO CIUDADANO A LA CULTURA), Proyecto de Ordenanza de Fitosanitarios del bloque JxL (UNA DE LAS ORDENANZAS MÁS COMPLEJAS DEL 2024).

Política24/04/2024Pedro Miguel MassolaPedro Miguel Massola
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Proyecto de Ordenanza modificando la Ordenanza del Complejo Cultural Cine Zurro (ACCESO  CIUDADANO A LA CULTURA).

Pehuajó, 23 de abril de 2024
                                          
                                          PROYECTO DE ORDENANZA
Visto:
                            La necesidad de modificar la ordenanza fiscal  Nº 7/24, la ordenanza impositiva Nº 8/24, junto a la ordenanza que reglamenta el uso del Complejo Cultural Cine Zurro Nº 4/24, para el ejercicio 2024; y
CONSIDERANDO:
                              Qué, la Ordenanza Fiscal en su capítulo 12° (“Derechos de espectáculos Públicos”) y la Ordenanza Impositiva, habla en sus artículos 175°, 176°, 177°, 178° y 179°, exclusivamente de “Espectáculos públicos arancelados”, no aparecen aquellos espectáculos culturales como son exposiciones, muestras de coleccionistas, entre otras, de carácter gratuito, que no generan gastos para el Municipio ni ningún tipo de ganancia para los expositores. 
                                Qué, en el artículo que hace referencias a las “Exenciones”, aparecen exentas las cooperadoras escolares y las personas de bajos recursos, porque la ordenanza simplemente habla de espectáculos arancelados. 
                                 Qué, en los artículos 183 y 184 hablan de que los organizadores deben confirmar 48 horas antes al Municipio la realización del evento.
                                 Qué, la Ordenanza Impositiva, en su Título 12° y su artículo 20° señala tasas para este tipo de espectáculos arancelados y luego en letra grande con parte en negrita señala que los “EVENTOS CULTURALES, SOCIALES, ACADÉMICOS O EMPRESARIALES A TÍTULO ONEROSO…”, pero en ningún lugar aparecen “Eventos culturales gratuitos organizados por un ciudadano común”.
                                   Qué, en todos los incisos de este artículo habla de “eventos con cobro de entradas”, no aparece el evento gratuito.
                                   Qué, en la Ordenanza que reglamenta el uso del Centro Cultural Cine Zurro, adolece de la figura de derecho “Ciudadano”, en eventos gratuitos.
Por todo ello el Bloque Juntos por la Libertad presenta para su tratamiento y aprobación el siguiente Proyecto de Ordenanza.
Artículo 1: Solicitar al DEM realizar las modificaciones necesarias en  la Ordenanza Fiscal en su capítulo 12° (“Derechos de espectáculos Públicos”) y la Ordenanza Impositiva, en sus artículos 175°, 176°, 177°, 178° y 179°, exclusivamente de “Espectáculos públicos arancelados”, agregando la figura de “ciudadano común”. 
Artículo 2: Debería incorporarse en esta sección la del “ciudadano común” que desea realizar una exposición cultural.
Artículo 3: en los artículos 183 y 184 incorporar el proceso e indicaciones para conseguir la autorización correspondiente.
Artículo 4: incorporar en la Ordenanza Impositiva, en su Título 12° y su artículo 20° “Eventos culturales gratuitos organizados por un ciudadano común”.
Artículo 5: en la Ordenanza que reglamenta el uso del Centro Cultural Cine Zurro, incorporar la figura de derecho “Ciudadano común”, en eventos gratuitos.
Artículo 6: De forma.

Pedido de informes del estado del centro de monitoreo de las cámaras municipales (SEGURIDAD)

Pehuajó,  23 de abril de 2024
                                     PROYECTO DE COMUNICACIÓN
VISTO:
La cantidad de hechos delictivos ocurridos en la ciudad de Pehuajó y la necesidad urgente de mejorar el centro de monitoreo, con el objetivo de aumentar la eficiencia en la detección y seguimiento de delitos, así como de optimizar el uso de las cámaras disponibles, y;
CONSIDERANDO:
            Que es un derecho fundamental la seguridad ciudadana, consagrado en la Constitución Nacional y en la Ley 12.154 de Seguridad Pública.
            Que es responsabilidad prioritaria del Estado garantizar la seguridad de sus ciudadanos, adoptando medidas que permitan prevenir, controlar y disminuir el delito.
             Que tener la información necesaria es esencial para desarrollar proyectos que sean de gran utilidad en el área de seguridad de nuestra localidad de Pehuajó.
          Que permitirá identificar las deficiencias actuales, para proponer soluciones significativas.
            Que el acceso a la información y datos no compromete la seguridad ni la gestión del sistema de monitoreo.
             Que como concejales y representantes de la comunidad en nuestro partido de Pehuajó, es necesario visualizar la información y los datos para comprender el funcionamiento del centro de monitoreo.

Por todo lo expuesto, el Bloque de Juntos por la Libertad presenta para su tratamiento y aprobación el siguiente Proyecto de COMUNICACIÓN.

Artículo 1º: 
Solicitamos al DEM, y por su intermedio al área que corresponda la siguiente información:
1.    Informar sobre la organización de las matrices en las pantallas de los televisores que integran el centro de monitoreo (son fijas o modificables).
2.    Las matrices están organizadas de manera que forman sectores de monitoreo en la localidad.
3.    Capacidad de los CPU para el rendimiento óptimo para el proceso de visualización de cámaras.
4.    Cantidad de cámaras  que soporta cada equipo y las que quedan sin ubicar en los televisores, además el modo de trabajo con las mismas. 
5.    Si los operadores cuentas con las herramientas necesarias en materia de capacitaciones o de materiales.
6.    Cuantas cámaras se implementaron a partir de las 150 cámaras fijas instaladas en el año 2017 (según publicaciones en página del Municipio en http://www.pehuajo.gob.ar/2017/08/inversion-en-seguridad-nuevo-centro-de.html?m=1).
7.    Porcentaje de delitos resueltos por el centro de monitoreo en los últimos tres años. Y el sistema que usan los operadores para prevenir delitos.
8.    Cantidad de cámaras ubicadas en ángulos que limitan su capacidad de visualización y cobertura, y las que no funcionan en los últimos cinco meses.
9.    Periodicidad que realizan el mantenimiento de los equipos que integran el centro de monitoreo. Y el tiempo estimado que se mantienen guardadas las grabaciones.
10.    Funcionamiento y coordinación entre policía comunal y el centro de monitoreo.
Artículo 2º: De forma. 

Proyecto de Ordenanza de Fitosanitarios del bloque JxL 

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